Este 26 y 27 de octubre se realizarán las Elecciones Regionales y Municipales 2024, en las que el electorado deberá votar para escoger gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales.

Cédulas Electorales

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¿Quiénes deben votar en esta elección?

Las Elecciones Regionales y Municipales 2024 cuentan con voto obligatorio, por lo que deben sufragar todas las personas habilitadas para ello de acuerdo al padrón electoral definitivo en Chile.

 

No olvides llevar:

  • Cédula de identidad o pasaporte.
  • Lápiz pasta azul (en caso de no tener, la mesa pondrá a disposición lápices para votar).
¿Cuáles son los horarios para votar?

Las mesas para votar funcionarán desde las 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde de los días 26 y 27 de octubre.
Si a las 6 de la tarde aún hay personas con la intención de votar, la mesa deberá recibir el sufragio de todos ellos antes de proceder con el cierre.

 

El elector que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 UTM.

¿Qué debo hacer si me encuentro a más de 200 km de mi domicilio electoral?
  1. Debes acreditar que te encuentras a más de 200 km del local de votación una vez que hayas recibido la citación del Juzgado de Policía Local y acudas a excusarte ante el juez.
  2. Puedes acreditarlo con el comprobante de una constancia de Carabineros de Chile (comisaría, tenencia o retén) del día de la elección u otros medios probatorios que acrediten lo anterior.

¿Qué otras causas me excusan de sufragar?

Al ser citado por el Juez de Policía Local, también podrán excusarse quienes cuenten con documentación que acredita que los días de la votación:

  • Se encontraban enfermos.
  • Estaban fuera del país.
  • Hubieren desempeñado las funciones que establece la ley N° 18.700 para que la votación se lleve a cabo
  • Les hubiera afectado otro impedimento grave.

Si los días de las elecciones no votas, no debes realizar ningún trámite ante Servel. Debes esperar la citación del Juez de Policía Local correspondiente a tu domicilio electoral en los meses siguientes a las Elecciones Regionales y Municipales 2024 (no es inmediata).

Vocales de mesa

Los vocales de mesa son los electores y electoras designados por una Junta Electoral para cumplir las funciones de recibir los votos emitidos por los electores y realizar el primer escrutinio. Son 5 vocales por mesa y deben constituir la mesa receptora de sufragio el día previo a las elecciones, que en este caso es el viernes 25 de octubre.

El día 5 de octubre de 2024, los Secretarios de Juntas Electorales publicarán las nóminas de vocales para Mesas Receptoras de Sufragios. Puedes revisar si has sido designado como vocal de mesa en el sitio del Servel.

Quienes hayan sido designados vocales, pero tengan alguna de las causales contempladas en la ley N° 18.700 para excusarse de cumplir ese rol, podrán hacerlo ante la Junta Electoral correspondiente del 7 al 9 de octubre.

El día 12 de octubre se publicarán los vocales definitivos, es decir, sin los vocales cuyas excusas se hayan aceptado, e incorporando a vocales reemplazantes.

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 UTM.

Voto asistido para personas con discapacidad

Si tienes alguna discapacidad, o conoces a alguien en esta situación, existen tres opciones para ejercer el derecho a voto:

  • Votar asistido por una persona de confianza mayor de 18 años.
  • Recibir la colaboración del presidente de la mesa, quien puede únicamente ayudar a doblar y cerrar el voto fuera de la cámara secreta.
  • Votar de manera autónoma fuera de la cámara secreta. Los vocales resguardarán el secreto del voto.

Además, los electores con discapacidad visual podrán utilizar una plantilla con ranuras correspondientes a las alternativas de las cédulas electorales.

También se dispondrá de plantillas con sistema braille. Estas plantillas estarán disponibles en cada local de votación y los vocales podrán solicitarlas al delegado del local.

Los electores con discapacidad auditiva podrán acceder a información a través de videollamada en lengua de señas, a esta plataforma también se podrá acceder mediante QR instalados en afiches en cada local de votación.

Feriado Electoral

Solo el día domingo 27 de octubre es feriado legal. En consecuencia, ese día, al desarrollarse un proceso electoral y constituir feriado legal, tendrá el carácter de obligatorio e irrenunciable para los trabajadores y trabajadoras del comercio que desempeñan sus funciones en malls, strip centers u otros centros comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

La Dirección del Trabajo fiscalizará el otorgamiento del feriado en estos casos.

Las sanciones serán de entre 30 y 150 Unidades Tributarias Mensuales por infracción (entre $1.996.830 y $9.984.150*), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

*Según valor UTM, 66.561.

Sobre los derechos de las y los trabajadores

Por ley, los trabajadores y trabajadoras que deban trabajar el 26 y 27 de octubre tienen derecho a que los empleadores les otorguen un permiso de tres horas para sufragar o excusarse, según corresponda. Esto será fiscalizado por la Dirección del Trabajo (DT).

También la DT fiscalizará el otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.

Las multas aplicables fluctúan entre 3 y 60 UTM ($199.683 y $3.993.660). Los permisos correspondientes deben otorgarse sin descuentos en las remuneraciones.

Si tienes denuncias, estas serán recibidas en el sitio web de la Dirección del Trabajo y en el número 600 450 4000 de la Dirección del Trabajo, en este canal telefónico, entre las 9:00 y las 15:00 horas del 27 de octubre.

Voto Seguro

¿Qué rol cumplen las Fuerzas Armadas en el proceso electoral?

Las Fuerzas Armadas realizan el control y resguardo del orden público en el proceso electoral, ejecutando apoyo logístico y funciones de seguridad al interior de los recintos de votación para garantizar el derecho a sufragio de las ciudadanas y ciudadanos habilitados para emitir su voto.