La Ley 20.898 es una ley actualizada de la llamada “ley del mono”, la cual permite realizar un trámite simplificado para regularizar una vivienda o una ampliación. Las viviendas con edificaciones realizadas por el propietario que no cuenten con Recepción Definitiva, total o parcial, podrá regularizar su vivienda con un permiso de edificación y recepción final, ambos trámites se realizan al mismo tiempo y con beneficios al pagar los Derechos Municipales. Sin embargo, para realizar el procedimiento la vivienda deberá cumplir ciertos requisitos

Requisitos generales

  • Que la vivienda haya sido construida antes de la publicación de la Ley 20.898.
  • Que la vivienda no tenga reclamaciones pendientes en la Dirección de Obras Municipales o en el Juzgado de Policía Local.
  • Que cumpla con los requisitos técnicos y normativos que indican la Ley 20.898.
  • Que la vivienda sea menor a 90 (m2) y el avalúo fiscal menor a 1.000 UF.
  • Que la vivienda sea menor a 140 (m2) y el avalúo fiscal menor a 2.000 UF.

Beneficios

  • Se trata de un trámite simplificado, por lo cual tiene menos exigencias que otros trámites de regularización de propiedades, solo con un plano de arquitectura.
  • No deberá realizar el trámite de recepción final de la propiedad porque viene incluido en el trámite de esta ley, dado que es permiso y recepción a la vez.
  • Aumento de la plusvalía de su propiedad.
  • Los pagos de los derechos municipales son menores a los otros tipos de regularizaciones y en algunos casos está exento de pago

Vigencia y donde se realiza el tramite

  • La Ley 20.898 fue extendida nuevamente y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025
  • Dicho tramite se debe realizar en Dirección de Obras Municipales y debe ser patrocinado por un Arquitecto o Profesional Competente